Según la mayoría de los autores, como Moreno 1985, los fines comunes que comparten todas estas organizaciones son los de promover la celebración de cultos en honor de aquellos que les dan nombre, procurar el perfeccionamiento espiritual de los miembros y la atención caritativa de unos a otros y de los necesitados en general. En la misma línea, según otros autores como Valduérteles 2019, p. 2, según la normativa eclesiástica, sus fines característicos son el «fomento del culto público, la formación de los hermanos, el perfeccionamiento de la sociedad con espíritu cristiano, el fomento de la caridad entre los hermanos cc.
298 y 301 CIC», destacando así el aspecto de la apertura de la organización a la sociedad. Ambos autores señalan la caridad como el fin último de las hermandades y cofradías religiosas, aspecto en el que nos centraremos en este trabajo. La mayoría de las corporaciones se rigen bajo el Consejo General de Hermandades y Cofradías Religiosas de Sevilla, o el Consejo, que depende de la Archidiócesis.
Esta institución gestiona las relaciones entre todas las hermandades y cofradías religiosas, el arzobispado y la administración pública. Entre sus funciones se encuentran facilitar los desfiles procesionales en la calle, promover la resolución de conflictos entre las corporaciones y distribuir la financiación que reciben de la administración pública. Según la mayoría de los autores, como Moreno 1985, los fines comunes que comparten todas estas organizaciones son los de promover la celebración de los cultos en honor de aquellos que les dan nombre, procurar el perfeccionamiento espiritual de sus miembros y la atención caritativa de unos a otros y de los necesitados en general.
En la misma línea, según otros autores como Valduérteles 2019, p. 2, según la normativa eclesiástica, sus fines característicos son el «fomento del culto público, la formación de los hermanos, el perfeccionamiento de la sociedad con espíritu cristiano, el fomento de la caridad entre los hermanos cc. 298 y 301 CIC», destacando así el aspecto de la apertura de la organización a la sociedad.
Ambos autores señalan la caridad como el fin último de las hermandades y cofradías religiosas, aspecto en el que nos centraremos en este trabajo. La mayoría de las corporaciones se rigen bajo el Consejo General de Hermandades y Cofradías Religiosas de Sevilla, o el Consejo, que depende de la Archidiócesis. Esta institución gestiona las relaciones entre todas las hermandades y cofradías religiosas, el arzobispado y la administración pública.
Entre sus funciones están facilitar los desfiles procesionales, promover la resolución de conflictos entre las corporaciones y distribuir la financiación que reciben de la administración pública.